La Paz, 26 ago.- Los jurados electorales - que son las autoridades máximas de las mesas de sufragio - pagarán multas desde Bs 106,1 hasta Bs 1.061 por faltas electorales durante el ejercicio de sus funciones en la jornada de votación del próximo 18 de octubre.

Las sanciones incluyen arresto de ocho horas y trabajos comunitarios si es que los ciudadanos incumplen con el Reglamento del Tribunal Supremo Electoral (TSE), señala un reporte del periódico Bolivia.

Faltas y sanciones leves para jurados electorales para las elecciones generales del 18 de octubre 2020.
Faltas y sanciones leves para jurados electorales para las elecciones generales del 18 de octubre 2020.

Este año, la multa económica - en porcentaje al salario mínimo nacional (Bs 2.122) - para los jurados de mesa registró un incrementó de Bs 212,2, en relación a la normativa de 2019. Es decir, los infractores antes pagaban hasta Bs 848,8 por faltas electorales.

La reciente norma califica las faltas como leves, graves y muy graves, y establece las sanciones en cada caso.

"Los y las jurados electorales, personas naturales y personas jurídicas son responsables de sus actos en el ámbito electoral, y serán pasibles a procesamiento ante los jueces electorales para su sanción cuando incurran en las faltas electorales", señala el documento, que consta de 25 páginas.

La entidad electoral también aclaró que las faltas electorales no eximen de la responsabilidad penal, civil o administrativa a los ciudadanos que las cometan.

Según el calendario electoral, el sorteo público para la selección de los jurados electorales será el 18 de septiembre; el proceso será realizado por los Tribunales Electorales Departamentales y en el caso de las mesas de sufragio en el exterior, la designación estará a cargo del TSE.

FALTAS LEVES Y SERVICIO COMUNITARIO

La inasistencia injustificada o abandono a las reuniones de jurados convocadas por las autoridades del TSE y ausencia temporal en la mesa de sufragio, sin autorización de su presidente, o cuando estén presentes menos de dos miembros, será motivo de una multa de Bs 106,1 a Bs 636,6.

Los jurados que incumplan con los horarios para abrir y cerrar la mesa de sufragio serán multados con el pago de Bs 212,2 a Bs 636,6; al igual que aquellos ciudadanos que omitan la devolución o entrega oportuna de todo o parte del material electoral no sensible en los sobres de seguridad al notario electoral.

En caso de que los jurados se resistan a brindar asistencia a personas mayores de 60 años o con discapacidad, serán sancionados con el trabajo social durante cuatro fines de semana, en las instituciones de gestión social o deberán pagar el monto de Bs 318,3.

Aquellos que eviten dar información del proceso de votación en el idioma que predomine en la localidad, deberán cumplir con una sanción de limpieza de espacios públicos durante dos fines de semana.

FALTAS GRAVES Y ARRESTO

Las infracciones graves contemplan la inasistencia injustificada o el abandono del jurado de la mesa de sufragio el día de la elección, así como la negativa a firmar el acta electoral sin justificación legal o la omisión de dar información inmediata a los Notarios Electorales sobre vulneraciones a normas electorales. Estas acciones serán castigadas con el pago desde Bs 636,6 a Bs 1.061.

El ejercicio de funciones en estado de ebriedad y/o bajo influencia de sustancias controladas por parte de la máxima autoridad de la mesa de sufragio implicará la suspensión inmediata y arresto por ocho horas - como acción directa - además de una multa económica entre Bs 445,6 y Bs 742,7.

INFRACCIONES MUY GRAVES

En caso de que un jurado se niegue a escribir y dejar constancia de los resultados o las observaciones en el acta electoral, se aplicará una pena del 50% de un salario mínimo, es decir, pagará la suma de Bs 1.061 y, si corresponde, será remitido al Ministerio Público.

Si los miembros del jurado electoral no proporcionan las copias del acta electoral a los delegados de las organizaciones políticas o de otras organizaciones, debidamente habilitadas, se aplicará la suspensión de inmediata, arresto por ocho horas y será sancionado con una multa entre Bs 763,9 y Bs 1.061.

Esta sanción también aplica a quienes impidan el acceso a los delegados y electores inscritos en la mesa respectiva para la captura de imagen del Acta electoral.

"El objetivo del reglamento es precautelar la correcta aplicación de la Constitución Política del Estado (CPE), las leyes y normas que regulan la actividad y el proceso electoral en todas sus etapas», señala un comunicado del Órgano Electoral.

El documento también establece sanciones para los notarios electorales, servidores públicos, funcionarios de entidades financieras públicas y privadas, partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y organizaciones de naciones y pueblos indígena originario campesinos. (ABI)